Argentina: Senasa facilita la autorización de productos fitosanitarios para cultivos menores y nuevas tecnologías de aplicación

A través de la Resolución N.º 869/2026, el organismo sanitario oficializó un procedimiento ágil y con plazos definidos para ampliar el uso de herramientas fitosanitarias en producciones de menor escala, emergencias fitosanitarias y aplicaciones con drones.
Septiembre 25, 2026

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) implementó un nuevo marco regulatorio mediante la Resolución N.º 869/2026, publicada en el Boletín Oficial, con el propósito de optimizar y agilizar la autorización administrativa de productos fitosanitarios ante requerimientos específicos del sector agropecuario argentino.

La normativa moderniza los procedimientos y establece un esquema claro que abarca tres escenarios clave: los cultivos o usos menores, las plagas bajo control oficial y la incorporación formal de nuevos métodos de aplicación, tales como los vehículos aéreos no tripulados (VANT o drones).

Soluciones fitosanitarias para cultivos de menor escala

Uno de los ejes centrales de la medida apunta a resolver una limitación histórica de las economías regionales y producciones intensivas. En el caso de los cultivos menores —que comprenden hortalizas, legumbres, frutas finas, aromáticas y especias—, la menor escala comercial suele dificultar la disponibilidad comercial de productos registrados para plagas específicas.

Con el nuevo marco, asociaciones de productores, cámaras, cooperativas, universidades, instituciones de investigación y organismos públicos nacionales o provinciales podrán iniciar solicitudes formales ante la Dirección de Agroquímicos y Biológicos del Senasa (dirabio@senasa.gob.ar).

Asimismo, la normativa permite que aquellos principios activos que ya se encuentran registrados y autorizados en cultivos principales puedan extender su uso a otros rubros, siempre que se demuestre fehacientemente su eficacia agronómica.

Plazos claros y autorizaciones temporales

Para dar previsibilidad al sector productivo, la resolución fija plazos estrictos de respuesta: una vez completada la documentación requerida, el Senasa dispondrá de un plazo máximo de 90 días corridos para emitir una resolución oficial.

Adicionalmente, para el segmento de cultivos menores se contemplan autorizaciones temporales de dos años en aquellos casos donde parte de la documentación técnica se encuentre en trámite, otorgando un margen operativo para que los productores no queden desprotegidos mientras completan las exigencias de reevaluación. Todas las autorizaciones concedidas serán publicadas y actualizadas de manera transparente en el sitio web institucional del organismo.

Hacia una agricultura más ágil y tecnificada

La incorporación de procedimientos específicos para nuevas tecnologías de aplicación, como los drones agrícolas, responde a la rápida adopción de herramientas de precisión en el campo argentino, optimizando la eficiencia de los tratamientos y reduciendo el impacto ambiental.

Con esta resolución, el Senasa dota al sistema productivo de mayor flexibilidad y herramientas normativas modernas, equilibrando la rigurosidad sanitaria indispensable para las exportaciones con la agilidad que demandan las economías regionales del país.