Desde diciembre: Ley obligará a proteger datos de trabajadores y transportistas bajo multas de hasta 20.000 UTM

La Ley 21.719 forzará a packings y exportadoras a reestructurar la seguridad digital de sus procesos operativos. El manejo masivo de antecedentes de trabajadores temporales, cuadrillas y transportistas en planillas o nubes sin encriptar expondrá al sector a multas de hasta 20.000 UTM.
Julio 2, 2026

El modelo de gestión de la fruticultura y el agro en Chile está ad portas de sumar una exigencia regulatoria que irá mucho más allá de los retornos comerciales, la eficiencia hídrica o la capacidad exportadora. A contar del 13 de diciembre de 2026 —según los plazos oficiales de la Biblioteca del Congreso Nacional tras su publicación en el Diario Oficial— la entrada en vigencia de la Ley Nº 21.719 forzará al sector a un ordenamiento profundo en la forma en que administra la información de sus operarios, contratistas, transportistas y clientes.

La normativa, que crea la Agencia de Protección de Datos Personales, transformará la gestión de la información en un pilar clave de cumplimiento (compliance) para la agroindustria, un rubro donde diariamente se administran altos volúmenes de antecedentes laborales, bancarios, biométricos y de salud.

El desafío de los altos volúmenes de datos en temporada

Las empresas agrícolas manejan grandes cantidades de información en las distintas etapas de la producción y exportación. Durante una sola temporada, una firma puede administrar bases de datos de trabajadores permanentes y temporales, registros de asistencia, contratos, pagos, cuentas bancarias, fichas de salud, certificaciones laborales, antecedentes de proveedores, datos de transporte y reportes de trazabilidad en packing.

Gran parte de esta información circula habitualmente entre planillas Excel, aplicaciones móviles, plataformas de recursos humanos, softwares de packing, servicios en la nube y empresas externas.

Según explica el gerente comercial de Enovatech e ingeniero experto en ciberseguridad, Alonso Bermúdez, esta forma tradicional de administrar los datos deberá cambiar radicalmente. La ley incorpora principios rectores como seguridad, transparencia, confidencialidad, responsabilidad, licitud y proporcionalidad, obligando a las empresas a demostrar que cuentan con medidas adecuadas para evitar filtraciones, pérdidas o accesos no autorizados.

El punto crítico: La contratación de trabajadores temporales

Uno de los aspectos más sensibles para el sector corresponde a la administración de la información de cuadrillas y trabajadores temporales (temporeros). En épocas de cosecha, un huerto o packing puede incorporar a cientos de personas en pocos días, manejando de forma acelerada cédulas de identidad, contratos, antecedentes previsionales y registros de producción.

Cuando esa documentación permanece almacenada en carpetas compartidas o plataformas sin los resguardos adecuados, el riesgo de ciberataques se dispara.

“Una situación crítica podría ocurrir cuando una exportadora mediana contrata a más de 500 trabajadores temporales a través de un intermediario y la documentación queda almacenada en un servicio en la nube sin credenciales robustas ni encriptación. Un ataque de phishing contra la cuenta del administrador podría derivar en la filtración de documentos, datos bancarios y contratos, exponiendo a la empresa a sanciones, reclamos y pérdida de confianza”, advierte Bermúdez.

Continuidad operacional y trazabilidad bajo la lupa

La ley otorga una protección especial a los datos sensibles, un ítem crítico en el agro que abarca la información sobre salud ocupacional, prevención de riesgos, aptitud laboral o los registros de aplicación de plaguicidas.

Un secuestro de datos (ransomware) o un ataque informático que impida acceder a estos antecedentes médicos o a las certificaciones de los aplicadores de fitosanitarios afectaría de forma directa la continuidad de las operaciones. Además, Bermúdez destaca que este tipo de incidentes puede deteriorar gravemente la relación con las certificadoras internacionales y los compradores de mercados exigentes como Europa y Estados Unidos, donde la confianza y el cumplimiento de estándares de seguridad son intransigentes.

Por otro lado, la trazabilidad del producto deberá incorporar mayores resguardos. El acceso no autorizado a sistemas de pesaje, control de calidad o gestión de packing se transformará en una vulneración legal si involucra datos de trabajadores, proveedores, transportistas o clientes. De ocurrir una brecha, las empresas estarán obligadas por ley a informar inmediatamente a la Agencia de Protección de Datos Personales y, en determinados casos, a los propios afectados.

Fiscalización y multas de hasta 20.000 UTM

La Ley 21.719 clasifica las infracciones en leves, graves y gravísimas, estableciendo sanciones que van desde amonestaciones y medidas correctivas hasta multas que pueden alcanzar las 20.000 UTM. En casos de reincidencia, las medianas y grandes empresas podrían enfrentar sanciones calculadas como un porcentaje de sus ingresos anuales por ventas y servicios.

Tipo de InfracciónSanciones y Multas MáximasExigencia Principal
Leves, Graves y GravísimasDesde amonestaciones hasta 20.000 UTM.Identificar qué datos se administran, dónde se almacenan y quién accede.
Reincidencia (Empresas Grandes/Medianas)Porcentaje de los ingresos anuales por ventas y servicios.Demostrar la adopción de medidas técnicas y organizativas de protección.

Para dar cumplimiento a estas exigencias, desde Enovatech plantean una estrategia integral que comience con diagnósticos, mapeo de datos y revisión de riesgos, para luego avanzar hacia el fortalecimiento de la seguridad informática, la creación de políticas de privacidad, protocolos frente a incidentes y la capacitación de los equipos administrativos y de terreno.

Con la llegada definitiva de la Ley 21.719, la protección de los datos personales se suma de forma obligatoria a los estándares de clase mundial que hoy ya exige la agroindustria en materias de inocuidad, calidad, trazabilidad y seguridad laboral.