Hablemos de trigo

La estimación para la temporada 2015/16, que realizó el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, mantiene la producción por sobre la demanda, con el consecuente aumento del stock del cereal. A nivel nacional, de acuerdo a la información entregada por el INE, la superficie sembrada tuvo un aumento de 3,3%. En el documento adjunto, elaborado […]

La estimación para la temporada 2015/16, que realizó el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, mantiene la producción por sobre la demanda, con el consecuente aumento del stock del cereal.

A nivel nacional, de acuerdo a la información entregada por el INE, la superficie sembrada tuvo un aumento de 3,3%. En el documento adjunto, elaborado por ODEPA, se presentan antecedentes sobre el comportamiento reciente del trigo en sus variables más relevantes, tanto en el ámbito nacional como internacional, con el fin de aportar información para la toma de decisiones de la cadena, y se da cuenta de los resultados de la implementación del Reglamento especial para el trigo, en el marco de la Ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios (Ley N° 20.656).

La temporada 2014/15 estuvo marcada por la implementación del Reglamento especial para el trigo, que entró en vigencia el 30 de octubre de 2014. Este reglamento responde a la necesidad de fortalecer la transparencia del mercado del trigo, considerando las asimetrías de información que existen entre los productores y la industria, en relación con la determinación de las características del producto y la fijación del precio respecto a éstas.

Durante la temporada 2014/15, el SAG realizó 248 visitas y 219 fiscalizaciones a un universo de 127 agroindustrias e intermediarios. Las fiscalizaciones cubrieron el 88% de las agroindustrias e intermediarios identificados, cursándose un total de 13 Actas de Denuncia y Citación, en un 6% de las fiscalizaciones. Las principales infracciones se debieron a publicación de listas incompletas de precios de referencia o a su falta de visibilidad desde el exterior; emisión de guías de despacho incompletas o falta de ellas; diferencias en la toma de muestra respecto de lo establecido en el reglamento, entre otras.

En total, se registraron seis controversias en que se requirió el análisis de una contramuestra en el laboratorio de ensayo arbitrador, con resultados favorables para ambas partes, agroindustria o intermediario y productor. Por otra parte, se registraron ante el SAG siete veedores, personas naturales designadas por los productores para supervigilar el cumplimiento de los procedimientos regulados a través del reglamento.

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